El gobierno de Javier Milei avanzó en la modificación de la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública, a través de la redefinición de la terminología y con la limitante al acceso de la información privada.
En su artículo primero la Ley 27275 de Derecho de Acceso a la información expresa que la misma tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio de derecho a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública.
El gobierno de Javier Milei, a través del Decreto 780/2024, publicado este lunes en el Boletín Oficial, pone en jaque el espíritu de la ley de acceso a la información pública sancionada en 2016, una herramienta clave para promover la participación ciudadana en la transparencia y el control en la administración pública.
Concretamente la normativa que estaba vigente antes de ser modificada obliga a los tres poderes del Estado, al Ministerio Público, a empresas, partidos políticos, universidades y gremios que reciban aportes públicos, a responder las solicitudes de información que eleve cualquier ciudadano en un plazo no mayor a un mes.
Con la modificación de la normativa por el Presidente logra definir los contornos de la información a proporcionar del gobierno. De esta manera obtura así el objetivo principal de la ley modificada y sepulta la máxima divulgación que también es un concepto que está en la Ley.
Al considerar en la modificación que «no se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada», el gobierno podría negarse a brindar información de funcionarios o instituciones a quien lo requiera por el hecho de ser privada.
Algunos juristas alegan que es complicado que avance la reforma, porque podrían declararla inconstitucional, y que solo la información pública puede restringirse en cuestiones excepcionales. Por el momento el decreto presidencial de recorte al acceso a la información está vigente.
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